De acuerdo al Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética
de los edificios, te recordamos que es obligatorio mostrar la etiqueta de eficiencia energética
en todos los anuncios de venta o alquiler de inmuebles.
¿Como introducir los datos del certificado energético?
¿Confirmas que el certificado energético esta en trámite?
De acuerdo al Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, te informamos que la opción en “En trámite” no es válida.
¿Confirmas que el certificado energético ha sido tramitado y te comprometes a actualizar este campo una vez recibido?
¿Confirmas que este inmueble está exento del certificado energético?
Los inmuebles exentos de tener el certificado energético según el articulo 2.2 son:
a) Edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, siempre que cualquier actuación de mejora de la eficiencia energética alterase de manera inaceptable su carácter o aspecto, siendo la autoridad que dicta la protección oficial quien determine los elementos inalterables.
b) Edificios o partes de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.
c) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
d) Edificios industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales, o partes de los mismos, de baja demanda energética. Aquellas zonas que no requieran garantizar unas condiciones térmicas de confort, como las destinadas a talleres y procesos industriales, se considerarón de baja demanda energética.
e) Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m 2 .
f) Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.
g) Edificios o partes de edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25 por ciento de lo que resultará de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.
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¿Has verificado si tu inmueble se encuentra en un área declarada de mercado de vivienda tenso?
Recuerda, según la Ley 11/2020, si tu inmueble se encuentra dentro de un área declarada de mercado de vivienda tenso en Cataluña, es obligtorio incluir en el anuncio el índice de referencia de precios de alquiler y, si procede, la renta del último contrato.
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¿Qué es el índice de referencia?
El Índice de referencia de precios de alquiler es un indicador que publica la Agencia Catalana de la Vivienda y que permite conocer una estimación del precio medio del metro cuadrado de alquiler de una vivienda ubicada en una zona y con determinadas características. También orienta sobre el precio mínimo y máximo que puede llegar a tener esa vivienda.
Rellena el formulario facilitado por la Agencia de la Vivienda de Cataluña con los datos del inmueble que se solicitan y te dará como resultado el Índice de Referencia que deberás incluir en el campo que te hemos habilitado.